• No superar durante el año de la correspondiente convocatoria, la edad de 40 años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante dicho año la edad de 41 años.
  • Tener la nacionalidad española.
  • Tener cumplidos 18 años en el año de la correspondiente convocatoria.
  • Carecer de antecedentes penales y no estar privado/a de los derechos civiles.
  • Poseer título de la ESO o equivalentes.
  • No hallarse incurso/a en algún procedimiento judicial por delito doloso.
  • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
  • No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas.

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